En tiempos recientes mucho se ha hablado de la complicada situación y trato discriminatorio que sufren todas las personas que conforman la Comunidad Transgénero. Por eso hoy, 31 de marzo, con motivo del Día Internacional de la Visibilidad Transgénero, he querido unirme a las reivindicaciones en contra de toda forma de discriminación sobre las personas transgénero y posicionarme al lado de quienes, cada día, sólo persiguen ser RESPETADES en sus derechos más básicos e inalienables. A pesar de los muchos avances, las personas trans siguen siendo víctimas de violencia y de odio, también, y desde hace tiempo, desde las instituciones en donde tienen representación aquellas formaciones que cuestionan o, directamente, niegan la titularidad de sus derechos. Sin embargo, recordemos que los Estados son garantes de los derechos humanos y fundamentales de todas las personas que se encuentran dentro de su territorio y, por supuesto, esto también incluye a las personas trans. En consecuencia, deben implantar todas las medidas que sean necesarias para protegerlas de la violencia, del odio y de la discriminación por razón de su orientación sexual, identidad sexual y expresión de género.
Concretamente, la orientación e identidad sexual y la expresión de género son elementos esenciales que constituyen y determinan el libre desarrollo de la personalidad de todo ser humano, derecho que también se encuentra reconocido en la Declaración Universal de Derechos Humanos y que todo Estado tiene el deber de garantizar en su pleno ejercicio junto con todos los derechos que son inherentes e indispensables para garantizar la inviolabilidad de su dignidad como seres humanos. Por tanto, el derecho a la igualdad ante la ley, el derecho a la educación, el acceso a la salud, a la inserción laboral, a una vivienda digna, a la protección social y, en definitiva, todos aquellos derechos civiles, sociales, económicos y culturales reconocidos internacionalmente, además de contar con una total protección en contra de toda forma de violencia y discriminación, DEBEN ESTAR PLENAMENTE GARANTIZADOS Y JAMÁS PUEDEN CUESTIONARSE, DISTORSIONARSE O DESVIRTUARSE PARA LAS PERSONAS TRANS.
Tengamos claros algunos conceptos de entrada. En primer lugar, hay que tener en cuenta que la identidad de género no es mismo que la orientación sexual ni tampoco lo mismo que la identidad sexual. Así, la identidad de género es la percepción subjetiva que una persona tiene de sí misma respecto de su propio género y que puede coincidir o no con las características sexuales. Por su parte, la identidad sexual es la percepción que una persona tiene de sí misma con relación a sus propias características físicas o biológicas que, con carácter general, se traslada a una apariencia externa y al rol vinculado a un sexo desarrollado y preferido desde la autoconcepción misma de la persona o desde la imposición social. En cuanto a la orientación sexual, es aquella atracción física, afectiva o romántica que una persona siente por otra y que, con carácter general, se mantiene sostenida en el tiempo y que está relacionada en función con el sexo de la persona por la que se siente esa atracción física, afectiva o romántica.
Aclarados un poco estos conceptos, las personas trans perciben, sienten y tienen una identidad sexual diferente de su sexo biológico de nacimiento. Es decir, la identidad sexual parte desde la propia consciencia de quien uno es y, por tanto, las personas pueden identificarse como hombre cisgénero, mujer cisgénero, mujer trans (que es una MUJER), hombre trans (que es un HOMBRE), persona no binaria u otra terminología diferente según cual sea la cultura del país en el que nos encontremos como «hijra», «fa’afaine», «queer», «muxé», «waria», «tercer género», «biespiritual», «meti», o «transpinoy» en otros términos. Por otro lado, una persona trans puede ser heterosexual, bisexual, homosexual, asexual, demisexual, sapiosexual o tener cualquier otra orientación sexual y seguir siendo un ejemplo perfecto de la enorme diversidad que conforma la raza humana compuesta por casi 8.000 millones de personas, de seres humanos válidos y perfectos en toda su riqueza y en toda su diversidad. De ahí el derecho de las personas trans de ser reconocidas legalmente como lo que son en los documentos de identidad oficiales, de ahí la exigencia de ser reconocidas, tal y como son, POR LA SENCILLA RAZÓN DE QUE SON Y EXISTEN. Pensemos que el reconocimiento oficial en los documentos de identidad nacionales de conformidad con la identidad y la expresión de género es un avance indispensable hacia el reconocimiento, el respeto y la garantía de ejercicio de los derechos de las personas trans. No obstante, esto no quiere decir que no haya que abordar los dramáticos casos de violencia y discriminación en contra de la Comunidad Trans que, por desgracia, en no pocas ocasiones, acaban incluso con la pérdida de vidas humanas dada la crueldad adicional que sufren en comparación con otras formas de violencia, odio y discriminación.
Desgraciadamente, las violaciones de derechos humanos en la Comunidad Trans son claras en todos los aspectos. En la mayoría de los casos, y con independencia del lugar en donde vivan, las personas trans no solo se enfrentan a situaciones de acoso, agresiones físicas y verbales o exclusión de su círculo social y familiar más próximo, también deben soportar continuamente enormes trabas para acceder a una atención sanitaria adaptada a sus necesidades, a un sistema educativo que, a pesar de los avances, aún cuenta con enormes carencias en materia de inclusión y respeto hacia la diversidad afectivo-sexual y de expresión de género en las aulas, a un mercado laboral tremendamente reticente y cargado de prejuicios, a la enorme dificultad de acceso a una vivienda digna, ya sea en alquiler o en propiedad y, en definitiva, a un buen número de prejuicios sociales que imposibilitan el pleno ejercicio de sus derechos más básicos. Pero, además, las personas trans también son víctimas de otras conductas discriminatorias como lo son las detenciones arbitrarias, la criminalización injustificada o los actos de violencia diaria que sufren a través de brutales actos de tortura y agresión física, de aberrantes agresiones sexuales y, en los casos más graves, de ASESINATOS MOTIVADOS POR EL ODIO en los que, en no pocas ocasiones, factores como la edad, el origen étnico, la situación laboral, la clase social y el grado de discapacidad también entran en escena cuando son víctimas de un acto de violencia, odio y discriminación con ALTOS NIVELES DE IMPUNIDAD por el miedo a las represalias en caso de denuncia.
Es URGENTE EXIGIR a todas las Instituciones Gubernamentales que adopten cuantas medidas sean necesarias para el ejercicio efectivo de los derechos de los que también son titulares las personas trans por el mero hecho de ser personas, POR EL MERO HECHO DE SER SERES HUMANOS. Para ello, resulta indispensable la supresión de toda traba administrativa e impedimento legal que pueda obstaculizar el reconocimiento legal de su identidad de género, protegiendo el libre desarrollo de la personalidad y la propia autonomía corporal. Además, debe determinarse por todos los Estados la PROHIBICIÓN ABSOLUTA de toda clase de tratamiento psiquiátrico y farmacológico no deseado, así como toda intervención médico-quirúrgica para la esterilización forzosa, la PROHIBICIÓN ABSOLUTA de la obligación de divorcio en aquellos casos en los que un cónyuge sea transgénero, la PROHIBICIÓN ABSOLUTA de la negación de la custodia y régimen de visitas sobre descendientes o la PROHIBICIÓN ABSOLUTA de toda norma o conducta que impida el mantenimiento o el establecimiento de vínculos familiares.
Los Estados tiene el deber de garantizar que todo el marco normativo, los distintos programas de inclusión, así como todas las políticas sociales que lleven a cabo, sean compatibles con el ejercicio los legítimos derechos de las personas trans. Igualmente, también tienen la obligación de perseguir con todo el rigor de la ley cualquier conducta criminal para puedan vivir sin miedo en un espacio libre de violencia, de odio y de discriminación.
Como demócratas, como defensores de los derechos humanos de toda persona, SEA QUIEN SEA, hemos de comprometernos en la construcción de una sociedad en donde la INCLUSIÓN sea un eje transversal en todos los escenarios para poder romper todas las barreras discriminatorias y responder abrazando la diversidad como única vía para respetar los derechos básicos e inalienables de la Comunidad Transgénero.
Por tanto, quiero que queden claro los siguientes puntos, de una vez por todas, y PARA SIEMPRE:
1️⃣ Una mujer trans, ES UNA MUJER.
2️⃣ Un hombre trans, ES UN HOMBRE.
3️⃣ El derecho al libre desarrollo de la personalidad es INCUESTIONABLE.
4️⃣ La Dignidad Humana de toda persona, sea quien sea, ES INVIOLABLE.
Y, por último, tengamos claro que:
LOS DERECHOS DE LA COMUNIDAD TRANS, SON DERECHOS HUMANOS.
